Nueva Reforma Judicial: ¿Cómo Afecta la LO 1/2025 a los Médicos en Litigios Civiles?
El 3 de abril de 2025 entrará en vigor una reforma clave en el ámbito de la litigación civil: la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que introduce cambios significativos en el sistema de costas procesales. Una de las modificaciones más llamativas es la conexión entre el uso de Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) y la condena en costas, es decir, los gastos que cada parte debe asumir en un juicio.
Este cambio afectará directamente a los médicos y a todos los profesionales sanitarios que, en algún momento, puedan verse inmersos en procedimientos judiciales por reclamaciones médicas, conflictos contractuales o demandas de pacientes.
¿Cómo Impacta a los Profesionales de la Salud?
Tradicionalmente, el principio de «el que pierde, paga» regía el reparto de costas procesales. Sin embargo, la nueva normativa penaliza a quienes no hayan intentado previamente resolver el conflicto fuera de los tribunales. En la práctica, esto significa que:
🔹 Si un médico o centro sanitario es demandado, pero la otra parte se ha negado injustificadamente a mediar o negociar antes del juicio, el tribunal puede no imponerle costas, incluso si pierde el caso (Art. 394.1 LEC).
🔹 Si un médico decide litigar sin haber intentado una vía alternativa de resolución de conflictos, podría ser condenado en costas incluso en casos de estimación parcial de su demanda (Art. 394.2 LEC).
🔹 Las aseguradoras y entidades sanitarias pueden verse afectadas en litigios con pacientes si no promueven el uso de la mediación previa, ya que en ciertos casos se les podrá condenar en costas aunque ganen el juicio.
¿Qué Se Considera un Abuso del Servicio Público de Justicia?
La Ley Orgánica 1/2025 introduce un concepto innovador en España: el abuso del servicio público de justicia. Esto significa que si un litigante acude a los tribunales de manera innecesaria o con mala fe, sin haber intentado un acuerdo previo, el juez podrá imponerle sanciones económicas y costas procesales.
Para los médicos y hospitales, esto es especialmente relevante en demandas por responsabilidad médica, donde muchas veces se abren procedimientos judiciales sin una intención real de negociar previamente. En estos casos, la parte demandada podría quedar exenta de pagar costas si el demandante actuó de forma abusiva.
Conclusión: La Mediación, Ahora Más que Nunca
Esta reforma marca un antes y un después en la litigación en España, favoreciendo la mediación y la negociación previa. Para los médicos, supone una oportunidad para reducir su exposición a litigios largos y costosos, apostando por vías alternativas de resolución de conflictos.
La clave está en adelantarse: contar con un asesoramiento jurídico preventivo y fomentar la mediación puede ser la mejor estrategia para evitar litigios innecesarios y sanciones económicas inesperadas.
✍️ Elvira González Fernández de Tejada, colegiada nº 606 del Ilustre Colegio de la Abogacía de La Rioja. Asesora Jurídica del Colegio Oficial de Médicos de La Rioja (COMLR).



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